PRESUNCIÓN DE OPERACIONES INEXISTENTES
Derivado del procedimiento establecido en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en donde la autoridad presume que las actividades que amparan los comprobantes fiscales digitales por internet son simuladas o inexistentes.
En México, a partir del año 2014, se introdujo un procedimiento en la legislación fiscal, en donde se concede facultades a la autoridad hacendaria para presumir que son simuladas o inexistentes las operaciones que amparan los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI`S) expedidos por los contribuyentes. Ello, con el propósito de evitar que se expidan estos comprobantes fiscales a personas y/o empresas que les den efectos fiscales para obtener un beneficio indebido, como deducciones o solicitar devoluciones, en perjuicio del Fisco Federal.
Cabe señalar que, una vez agotado el procedimiento en mención, si autoridad considera que el contribuyente no desvirtuó la presunción de operaciones simuladas o inexistentes, se considerará que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
Por su parte, aquellos contribuyentes que le hayan dado efectos fiscales a esos comprobantes, podrán presentar información y documentación ante la autoridad hacendaria, con la que acrediten haber recibido realmente los bienes o servicios que amparan los comprobantes fiscales, o en su caso, corregir su situación fiscal, pues de lo contrario, la autoridad determinará los créditos fiscales que correspondan, sin perjuicio de los delitos fiscales que se actualicen.
En ese sentido, si bien el referido procedimiento de presunción de operaciones inexistentes se creo con el fin de combatir un mal social causado por personas que abusan de la legislación fiscal para su propio interés, lo cierto es que también pudiera perjudicar a personas y/o empresas que no llevan a cabo operaciones simuladas o inexistentes pero, al no estar bien informadas, actualizadas o asesoradas, cometan errores irreparables en su propio perjuicio al momento de que la autoridad inicia, desarrolla o concluye el referido procedimiento.
Por lo tanto, resulta necesario que tú o tu empresa se acerquen con nosotros, una firma de abogados profesionales y de confianza, que cuentan con los conocimientos y experiencia necesarios para informarte, apoyarte y orientarte a manejar el problema en el que te encuentras, proponiéndote las mejores alternativas de solución y encargándonos de ello de principio a fin.